VISTOS: En revisión la Resolución Nº 338/2000 de 19 de junio de 2000 que cursa a fs.60 a 61 de obrados, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, sus antecedentes; y
CONSIDERANDO: Que, de la revisión del expediente se establece que:
1. Giovanna Portugal Quiroga interpone Recurso de Amparo Constitucional alegando haberse infringido los arts. 7 incs. a), d), j), 16-I, II, IV, 31, 33 de la Constitución Política del Estado, art. 21 incs. b), c) del D.S. 23318-A; dentro del proceso sumario administrativo seguido en su contra en la Alcaldía Municipal de La Paz donde ejercía funciones de Fiscal de Normas de la Sub-Alcaldía del Distrito Nº 2 Max Paredes; solicitando se declare procedente el recurso y se disponga su reincorporación a su fuente laboral en el cargo que ejercía, dejando sin efecto ni valor legal la Resolución Administrativa Nº 007/99 de 16 de junio de 1999 emitida por el Departamento de Asesoría Legal de Recursos Humanos de la Alcaldía Municipal de La Paz; la Resolución Nº 016/99 del Tribunal Administrativo, de 15 de noviembre de 1999 de la misma entidad, y los memorandos Nº 6577/99 de suspensión del cargo sin goce de haberes y el Nº 8665/99 de destitución inmediata; además de disponerse en forma retroactiva el pago de sus haberes desde el mes de mayo hasta la fecha………..
4 Comments
Riva Collins
25 de diciembre de 2018 - 15:33It’s no secret that the digital industry is booming. From exciting startups to need ghor global and brands, companies are reaching out.
Obila Doe
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sebastian
25 de diciembre de 2018 - 15:44donde encuentro mas sentencias
quique
16 de noviembre de 2021 - 03:17interesante